Caducado

BENEFICIO SAMSUNG GALAXY – SAMSUNG CARE+ DA

Términos y condiciones

Válido desde 2026-01-16 ~ 2026-12-31

BASES Y CONDICIONES

BENEFICIO SAMSUNG GALAXY – SAMSUNG CARE+ DA

 

1.          Del Organizador

GMRA S.A.U., CUIT 30-71562186-4, con domicilio en Miñones 2177, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), llevará adelante la presente acción denominada Samsung Care Plus DA(en adelante, la "Acción"), la que será efectiva en la República Argentina (en adelante, el “Territorio”) desde el 3 de noviembre de 2025 al 31 de diciembre de 2026 (en adelante, el “Plazo”) y se regirá por estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases”). La Acción y las Bases se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de la República Argentina.

 

2.          Aceptación de las Bases

Al participar en la Acción, los participantes aceptan expresamente las presentes Bases, así como las decisiones que tome el Organizador sobre las cuestiones previstas en las mismas.

 

3.          Los Participantes

Podrán participar en la presente Acción todas las personas humanas que al momento de la entrada en vigencia de la Acción sean mayores de 18 (dieciocho) años, sean residentes legales en la República Argentina, y que durante el Plazo hubieran adquirido uno de los productos seleccionados detallados en el Anexo I de las presentes Bases] en Tienda Online Samsung, shop.samsung.com.ar ((el “Producto Participante”) y que cumplan con los requisitos definidos en las presentes Bases (en adelante, el “Participante” y, conjuntamente, los “Participantes”).

 

4.          Beneficios

4.1. Los beneficios de la presente Acción (en adelante, los “Beneficios”) consisten en la posibilidad de acceder, conforme las condiciones detalladas a continuación, a los servicios que se detallan a continuación. El Participante podrá optar por uno, dos o todos los Beneficios según su preferencia.

             1.          Garantía Extendida: otorga cobertura “todo riesgo”, incluyendo cualquier tipo de rotura o daño accidental total o parcial para un Equipo Participante. En caso de daños parciales, el Participante abonará una franquicia equivalente al doce por ciento (12%) del costo de reparación, mientras que en caso de daño total, la franquicia será del veinte por ciento (20%).

Se entenderá por daño accidental accidental cualquier deterioro externo, visible o destrucción del equipo resultante de una causa externa, inesperada e impredecible y que impida el correcto funcionamiento del equipo electrónico.

Se considerará que el daño es total cuando: (i) Los daños accidentales sufridos por los Productos Participantes asegurados no puedan ser reparados; (ii) el costo de reparación de los Productos Participantes asegurados exceda el valor de dicho bien al momento del siniestro. En caso de daño total, se entregará un Equipo Participante nuevo, del mismo modelo que el Producto Participante dañado, el cual, previo consentimiento del participante, quedará bajo el mismo Beneficio que el anterior Producto Participante asegurado.

En caso de resultar imposible el reemplazo por el mismo Producto Participante, se procederá al reemplazo por un modelo de similares características, teniendo como tope máximo el valor asegurado del Producto Participante asegurado.

Se considerará que el daño es parcial cuando: (i) los daños accidentales sufridos por el bien asegurado sí pueden ser reparados (roturas de pantalla o carcasa); (ii) el costo de reparación del bien asegurado, es inferior al valor de dicho bien al momento del siniestro

El Plan Black no incluye cobertura por robos. Se entenderá que existe robo cuando medie apoderamiento ilegítimo de los bienes objeto de seguro, con fuerza en las cosas o intimidación o violencias en las personas, sea que tengan lugar antes del hecho para facilitarlo o en el acto de cometerlo o inmediatamente después, para lograr el fin propuesto o la impunidad (Art. 164 del código penal).

En todos los casos, el participante deberá abonar la franquicia previa entrega del nuevo o reparado Producto Participante.

 

 

4.2. Los Beneficios no serán canjeables por dinero en efectivo ni por prestaciones distintas a las expresamente detalladas en las presentes Bases. Asimismo, en ningún caso la prestación de los Beneficios deberá ser entendida y/o interpretada como la oferta o contratación de un seguro distinto de las pólizas específicamente creadas para la Garantía Extendida.

 

4.3. Los Beneficios se mantienen vigentes únicamente mientras el Participante se encuentre al día con el pago del cargo mensual correspondiente. El acceso a la póliza implica el pago de una prima periódica a cargo del Participante. La baja o falta de pago de la póliza implicará automáticamente la pérdida de los Beneficios. El plazo de adhesión a los Beneficios es indefinido y dependerá exclusivamente de la decisión del Participante, sin tope máximo de permanencia.

 

5. Póliza de seguro

5.1. El Beneficio de Garantía Extendida se instrumenta a través de la contratación de una póliza, cuyo beneficio se mantiene vigente únicamente mientras el Participante se encuentre al día con el pago del cargo mensual correspondiente. La baja o falta de pago de la póliza implicará automáticamente la pérdida del Beneficio. El plazo de adhesión al Beneficio de Garantía Extendida es indefinido y dependerá exclusivamente de la decisión del Participante, sin tope máximo de permanencia. Los Beneficios de Instalación Premium y Mantenimiento deberán ser abonados por el Participante mediante pagos únicos, que deberán abonarse al momento de la compra del Producto Participante. Para volver a acceder a los Beneficios de Instalación Premium y Mantenimiento una vez ya utilizados los mimos, el Participante deberá efectuar un nuevo pago.

 

5.2. Los seguros son emitidos por Sancor Cooperativa de Seguros Limitada con domicilio en Ruta Nacional 34 Km, 257 (2322), Sunchales, Santa Fe. CUIT: 30-50004946-0. GMRA S.A.U. Agente institorio matrícula 348 RAI; domicilio: Miñones 2177 (1428) C.A.B.A., CUIT: 30-71562186-6 y/o por cualquier otra aseguradora que GMRA designe oportunamente.

 

 

5.          Modo de acceso a los Beneficios

El Participante podrá acceder a este Beneficio desde el momento de la adhesión al Beneficio. Este plan otorga cobertura “todo riesgo”, incluyendo cualquier tipo de rotura o daño al Produucto Participante asegurado. En caso de daños parciales, el Participante deberá abonar una franquicia equivalente al doce por ciento (12%) del costo de reparación, mientras que, en caso de daño total, la franquicia será del veinte por ciento (20%). Para mantener la vigencia del Beneficio, el Participante deberá encontrarse al día con el pago de la prima mensual correspondiente.

5.2. Para acceder a este Beneficio, el Participante deberá conservar la factura de compra del Producto Participante para acreditar la vigencia del plazo y llamar al 0800- 666 – 2273 (CARE), donde se le indicarán los pasos a seguir para hacer efectivo el Beneficio de la reparación o cambio de pantalla del Producto Participante. Asimismo, para hacer uso del Beneficio, el Participante deberá abonar la diferencia entre el precio de lista vigente de tal reparación en el centro de servicio técnico oficial Samsung correspondiente y el descuento aplicable por el Beneficio.

6.          Derecho de retracto (devoluciones)

Si el Participante devolviera el Producto Participante y solicitará un reembolso del precio pagado, de acuerdo con su modo de compra y en los términos aplicables a devoluciones, no podrá acceder al Beneficio.

 

7.          Datos Personales. Consentimiento

Al participar en la presente Acción, el Participante otorga al Organizador su consentimiento previo, expreso e informado para recolectar y para almacenar en las bases de datos debidamente registradas a su nombre, los datos personales que proporciona telefónicamente para procesarlos y para utilizarlos a los efectos de incluirlo como Participante de la Acción, contactarse con el Participante en caso de que fuese necesario para incluirlo como Participante de la Acción o cualquier otro motivo relacionado con la Acción, proporcionarle información y comunicaciones útiles, noticias y actualizaciones de productos; informarle sobre productos y servicios nuevos; y para obtener su opinión sobre los servicios y productos del Organizador. El Organizador se compromete a no vender y/o ceder la base de datos que se genere con motivo de la Acción sin autorización de los Participantes. El Organizador sólo utilizará los datos de acuerdo a la finalidad para los que han sido recogidos y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El Organizador recolectará únicamente aquella información que sea proporcionada directamente por los Participantes. El Participante entiende que, si bien no es obligatorio brindar sus Datos Personales, en el caso de que no los provea o los provea de manera inexacta, es posible que el Organizador no pueda incluirlo como Participante de la Acción y/o contactarse con el Participante con los fines indicados anteriormente. El Participante entiende también que-como titular de los Datos Personales - tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación, actualización y -en su caso- supresión de los mismos. Dichos derechos los podrá ejercer comunicándose a través de correo electrónico a: data-privacy@partner.samsung.com. En virtud de la normativa aplicable, se informa a los Participantes que: LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N. 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

 

8.          Aspectos generales

A)          El Beneficio es intransferible y no canjeable por dinero. El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudieren sufrir los Participantes, o los terceros, con motivo y/u ocasión de la participación en la presente Acción declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Participantes y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante.

B)          El Organizador se reserva el derecho de excluir de la Acción a cualquier Participante que no respete los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases.

 

9.          Jurisdicción y competencia

Serán de aplicación en el supuesto de controversias, las leyes vigentes en la República Argentina y serán competentes los Tribunales nacionales correspondientes al domicilio del Participante.