Caducado

Beneficio
Samsung Care+ - TVs

Términos y condiciones

Válido desde 2025-12-08 ~ 2025-12-31

BASES Y CONDICIONES

BENEFICIO SAMSUNG CARE PLUS TV


1.           Del Organizador

GMRA S.A.U., CUIT 30-71562186-4, con domicilio en Miñones 2177, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), llevará adelante la presente acción denominada Samsung Care Plus TV(en adelante, la "Acción"), la que será efectiva en la República Argentina (en adelante, el “Territorio”) desde el 8 de Diciembre de 2025 al 31 de Diciembre de 2026 (en adelante, el “Plazo”) y se regirá por estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases”). La Acción y las Bases se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de la República Argentina.

 

2.           Aceptación de las Bases

Al participar en la Acción, los participantes aceptan expresamente las presentes Bases, así como las decisiones que tome el Organizador sobre las cuestiones previstas en las mismas.

 

3.           Los Participantes

Podrán participar en la presente Acción todas las personas humanas que al momento de la entrada en vigencia de la Acción sean mayores de 18 (dieciocho) años, sean residentes legales en la República Argentina, y que durante el Plazo hubieran adquirido uno de los productos seleccionados detallados en el Anexo I de las presentes Bases en Tienda Online Samsung, shop.samsung.com.ar (el “Producto Participante”) y que cumplan con los requisitos definidos en las presentes Bases (en adelante, el “Participante” y, conjuntamente, los “Participantes”).

 

4.           Beneficios

4.1. Los beneficios de la presente Acción (en adelante, los “Beneficios”) consisten en la posibilidad de acceder, conforme las condiciones detalladas a continuación, al plan de cobertura Samsung Care+, disponible: “Plan Platino” y “Plan Black”.

Plan Platino:

  • Garantía extendida regirá a partir del primer mes y se mantendrá vigente sin límite de tiempo, siempre que el Participante se encuentre al día con el pago de la póliza.
  • Cobertura por daño parcial o total (1 evento): En caso de daños parciales, el Participante abonará una franquicia equivalente al doce por ciento (12%) del costo de reparación, mientras que, en caso de daño total, la franquicia será del veinte por ciento (20%).
  • Tasa de premio mensual: 0,50%. La tasa de premio mensual es el porcentaje que se aplica sobre el valor del producto para determinar el monto que el Participante deberá abonar cada mes por el plan de cobertura elegido.

 

Plan Black:

  • Garantía extendida regirá a partir del primer mes y se mantendrá vigente sin límite de tiempo, siempre que el Participante se encuentre al día con el pago de la póliza.
  • Cobertura por daño parcial o total (1 evento): En caso de daños parciales, el Participante abonará una franquicia equivalente al doce por ciento (12%) del costo de reparación, mientras que, en caso de daño total, la franquicia será del veinte por ciento (20%).
  • Cobertura por robo (1 evento).
  • Tasa de premio mensual: 0,80%. La tasa de premio mensual es el porcentaje que se aplica sobre el valor del producto para determinar el monto que el Participante deberá abonar cada mes por el plan de cobertura elegido.

Se entenderá por daño accidental cualquier deterioro externo, visible o destrucción del equipo resultante de una causa externa, inesperada e impredecible que impida su correcto funcionamiento.

Se considerará daño total cuando: (i) los daños sufridos no puedan ser reparados; o (ii) el costo de reparación exceda el valor del equipo al momento del siniestro.

Se considerará daño parcial cuando los daños puedan ser reparados y el costo de reparación sea inferior al valor del bien al momento del siniestro.

La cobertura por daños comprende daños ocasionados por incendio, rayo, explosión o fluctuaciones de energía eléctrica.

En caso de robo (aplicable únicamente al Plan Black), se entenderá como tal el apoderamiento ilegítimo del bien mediante fuerza o violencia, conforme lo previsto en el artículo 164 del Código Penal.

4.2. Los eventos por cobertura de daños y robos se computarán por año de vigencia de la cobertura, contado desde la fecha de alta del plan correspondiente. La garantía extendida no posee límite de eventos ni requiere el pago de franquicia.

En todos los casos, la franquicia deberá abonarse al momento del siniestro, en la tienda en caso de las reposiciones o en el servicio técnico en las reparaciones, en un único pago mediante tarjeta de crédito o débito.

Los Beneficios no serán canjeables por dinero en efectivo ni por prestaciones distintas a las detalladas.

4.3. Los Beneficios se mantienen vigentes únicamente mientras el Participante se encuentre al día con el pago mensual correspondiente. La falta de pago implicará la pérdida automática de los Beneficios.

 

5.           Póliza de seguro

5.1. Los Beneficios se instrumentan a través de la contratación de una póliza, cuyo beneficio se mantiene vigente únicamente mientras el Participante se encuentre al día con el pago del cargo mensual correspondiente. La baja o falta de pago de la póliza implicará automáticamente la pérdida del Beneficio. El plazo de adhesión a los Beneficios es indefinido y dependerá exclusivamente de la decisión del Participante, sin tope máximo de permanencia. La franquicia, en caso de siniestro, deberá abonarse en un único pago con tarjeta de crédito o débito al momento de la reparación o reposición del Producto Participante.

El pago del Beneficio se efectuará mediante tarjeta de crédito o débito registrada por el Participante al momento de la adhesión al realizar el checkout de la compra del Producto Participante, y se renovará automáticamente de forma mensual, salvo manifestación en contrario por parte del Participante.

5.2. Los seguros son emitidos por Sancor Cooperativa de Seguros Limitada con domicilio en Ruta Nacional 34 Km, 257 (2322), Sunchales, Santa Fe. CUIT: 30-50004946-0. GMRA S.A.U. Agente institorio matrícula 348 RAI; domicilio: Miñones 2177 (1428) C.A.B.A., CUIT: 30-71562186-6 y/o por cualquier otra aseguradora que GMRA designe oportunamente.

 

6.           Modo de acceso a los Beneficios

6.1. El Participante podrá acceder a este Beneficio desde el momento de la adhesión al Beneficio. Este plan otorga cobertura “todo riesgo”, incluyendo cualquier tipo de rotura o daño al Producto Participante asegurado. En caso de daños parciales, el Participante deberá abonar una franquicia equivalente al doce por ciento (12%) del costo de reparación, mientras que, en caso de daño total, la franquicia será del veinte por ciento (20%). Para mantener la vigencia del Beneficio, el Participante deberá encontrarse al día con el pago de la prima mensual correspondiente.

6.2. Para acceder a este Beneficio, el Participante deberá conservar la factura de compra del Producto Participante para acreditar la vigencia del plazo y llamar al 0800- 666 – 2273 (CARE), donde se le indicarán los pasos a seguir para hacer efectivo el Beneficio de la reparación del Producto Participante. Asimismo, para hacer uso del Beneficio, el Participante deberá abonar la diferencia entre el precio de lista vigente de tal reparación en el centro de servicio técnico oficial Samsung correspondiente y el descuento aplicable por el Beneficio.

 

7.           Derecho de retracto (devoluciones)

Si el Participante devolviera el Producto Participante y solicitará un reembolso del precio pagado, de acuerdo con su modo de compra y en los términos aplicables a devoluciones, no podrá acceder al Beneficio.

 

8.           Datos Personales. Consentimiento

Al participar en la presente Acción, el Participante otorga al Organizador su consentimiento previo, expreso e informado para recolectar y para almacenar en las bases de datos debidamente registradas a su nombre, los datos personales que proporciona telefónicamente para procesarlos y para utilizarlos a los efectos de incluirlo como Participante de la Acción, contactarse con el Participante en caso de que fuese necesario para incluirlo como Participante de la Acción o cualquier otro motivo relacionado con la Acción, proporcionarle información y comunicaciones útiles, noticias y actualizaciones de productos; informarle sobre productos y servicios nuevos; y para obtener su opinión sobre los servicios y productos del Organizador. El Organizador se compromete a no vender y/o ceder la base de datos que se genere con motivo de la Acción sin autorización de los Participantes. El Organizador sólo utilizará los datos de acuerdo a la finalidad para los que han sido recogidos y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El Organizador recolectará únicamente aquella información que sea proporcionada directamente por los Participantes. El Participante entiende que, si bien no es obligatorio brindar sus Datos Personales, en el caso de que no los provea o los provea de manera inexacta, es posible que el Organizador no pueda incluirlo como Participante de la Acción y/o contactarse con el Participante con los fines indicados anteriormente. El Participante entiende también que-como titular de los Datos Personales - tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación, actualización y -en su caso- supresión de los mismos. Dichos derechos los podrá ejercer comunicándose a través de correo electrónico a: data-privacy@partner.samsung.com. En virtud de la normativa aplicable, se informa a los Participantes que: LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N. 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

 

9.           Aspectos generales

A)  El Beneficio es intransferible y no canjeable por dinero. El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudieren sufrir los Participantes, o los terceros, con motivo y/u ocasión de la participación en la presente Acción declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Participantes y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante.

B) El Organizador se reserva el derecho de excluir de la Acción a cualquier Participante que no respete los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases. 

 

10.         Jurisdicción y competencia

Serán de aplicación en el supuesto de controversias, las leyes vigentes en la República Argentina y serán competentes los Tribunales nacionales correspondientes al domicilio del Participante.

 

ANEXO I

Productos Participantes

 

 75" The Frame LS03D Brown
 
 65" The Frame LS03D Brown
 
 TV 85" Neo QLED QN900 8K Vision AI 2025
 
 TV 75" Neo QLED QN70F 4K Vision AI 2025
 
 TV 55" Neo QLED QN70F 4K Vision AI 2025
 
 TV 77" OLED S95F 4K Vision AI 2025
 
 TV 65" OLED S95F 4K Vision AI 2025
 
 55" OLED S90D 4K
 
 TV 85" QLED Q7F 4K Vision AI 2025
 
 TV 75" QLED Q7F 4K Vision AI 2025
 
 TV 65" QLED Q7F 4K Vision AI 2025
 
 TV 55" QLED Q7F 4K Vision AI 2025
 
 TV 50" QLED Q7F 4K Vision AI 2025
 
 75'' Crystal UHD 4K U8000